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lunes, 29 de abril de 2024

IBN AL-BAYTAR Y LA FARMACOLOGÍA MEDIEVAL

 

IBN AL-BAYṬĀR Y LA FARMACOLOGÍA MEDIEVAL


La obra de Ibn al-Bayṭār es muy extensa y está dedicada al estudio de la botánica, la zoología y la mineralogía con fines farmacológicos. En total se le atribuyen una docena de composiciones, algunas de ellas perdidas, otras duermen todavía manuscritas sin editar ni traducir en bibliotecas de todo el mundo, y otras tantas han visto la luz en ediciones y traducciones a varias lenguas.

ANA M. CABO GONZÁLEZ
UNIVERSIDAD DE SEVILLA



Detalle de una de las ilustraciones de una traducción árabe del Tratado de las plantas de Dioscórides. BNF ms. Arabe 2850, f. 117bis v.


El malagueño Ḍiyāʾ al-Dīn Abū Muḥammad ʿAbd Allāh b. Aḥmad al-Malāqī, más conocido como Ibn al-Bayṭār, puede ser considerado uno de los farmacólogos más importantes de la historia de la ciencia y, por supuesto, uno de los científicos andalusíes que más aportó a esa disciplina. 

La vida de Ibn al-Bayṭār transcurre durante la segunda mitad del siglo XII y la primera del XIII, y es Málaga o sus alrededores, posiblemente Benalmádena, la localidad que lo vio nacer. 

Fue en el seno de su familia donde el malagueño se inició en las artes de la botánica y de la farmacología, ya que su padre, Aḥmad b. ʿAbd al-Mālik y su abuelo, Abū Marwān ʿAbd al-Mālik Ibn al-Bayṭār, se habían dedicado al estudio de diferentes ciencias, entre ellas, las naturales. 

De esta primera etapa de la vida y la formación de nuestro autor se conservan pocos datos biográficos, pero de lo que no hay duda es de que adquirió, durante la misma, los conocimientos básicos y la estimulación necesaria como para desear ampliar sus estudios sobre plantas, animales, minerales y sus usos en la farmacología más allá de su localidad natal. 

En su población de nacimiento, Ibn al-Bayṭār residió hasta los 18 o 20 años, edad en la que se trasladó a Sevilla, con la intención de ampliar sus conocimientos de la mano de los más prestigiosos y conocidos botánicos musulmanes de la época: ʿAbd Allāh b. Ṣāliḥ, Abū l-Ḥaŷŷāŷ y Abū l-ʿAbbās al-Nabātī. Fue de este último del que se convirtió en discípulo distinguido y con el que aprendió a conocer y reconocer la amplia flora de Sevilla y sus alrededores, especialmente, de las tierras del Aljarafe, por donde realizaban sus labores de herborización. Este período transcurrió antes de 1220-1, fecha en la que inicia su largo viaje a Oriente, de donde nunca regresó. 

Detalles de este largo periplo podemos encontrar en su propia obra, donde va dejando pinceladas de lugares por los que pasa, personas a las que conoce y flora y fauna que recoge, cuyos datos almacena para su posterior estudio y descripción. 

El viaje sin retorno se inicia en el norte de África, concretamente en la ciudad de Ceuta, una vez atravesado el Estrecho de Gibraltar; desde allí se desplaza a Bujía, donde toma rumbo a Constantina, para llegar, más tarde, a Túnez, arribar después a Trípoli y, finalmente, detenerse en Barca, donde emprende viaje por el mar Mediterráneo en dirección a Asia Menor, tierra que recorre durante al año 1224 y que lo pone en contacto directo con las tradiciones clásicas griega y latina, y con las grandes obras de los médicos grecorromanos Dioscórides (40-90 d. C.) y Galeno (129-210 d. C.). 



Mapa del recorrido de Ibn al-Bayṭār.


De aquí se traslada a Siria, donde conoce a Ibn Abī Uṣaybi‘a, médico de Damasco muy conocido por su obra de recopilación de biografías de médicos ilustres, composición que comienza en los albores de la historia y termina con las vidas y las obras de sus coetáneos. Entre estas biografías podemos encontrar la de nuestro autor, a quien el médico damasceno describe con estas palabras: 

“La primera vez que me encontré con él fue en Damasco en el año 633 H (1253-4 d. C.) y pude apreciar sus magníficas cualidades y su gran conocimiento de las plantas. Yo exploré junto a él los alrededores de Damasco […] Con nosotros llevábamos las obras de Dioscórides, de Galeno y de al-Gāfiqī […] Primero él me citaba los términos griegos que aparecían en Dioscórides, después añadía lo que este decía de cada planta, sus características y sus propiedades, haciendo lo mismo con Galeno y los demás sabios, y señalando aciertos, contradicciones y errores. Así pude constatar su profundo conocimiento de las plantas y de las obras de los grandes clásicos Dioscórides y Galeno”. 

Desde Siria, Ibn al-Bayṭār viaja hasta Persia, pasando por Irak y recorriendo el norte de la península arábiga, siempre en busca del conocimiento farmacológico de plantas, animales y minerales, y recopilando datos de lugares, de términos, de especies y de personas que le descubrían nuevos horizontes del saber y la ciencia. 

Finalmente, se dirige a Egipto, lugar en el que nuestro autor se instala definitivamente bajo el amparo y la protección del sultán ayyubí al-Mālik al-Kāmil Muḥammad b. Abī Bakr, a quien había llegado recomendado como valioso botánico y farmacólogo. Este sultán, apreciando las dotes médico-farmacológicas de Ibn al-Bayṭār, lo nombró “Jefe de los herboristas” de su corte y, desde entonces, formó parte del séquito del sultán hasta su muerte, pasando, después, a servir al hijo que lo sucedió y al que dedicó sus dos obras más importantes: el Kitāb al-Ŷāmiʿ y el Kitāb al-Mugnī

Durante el largo viaje que hemos descrito, Ibn al-Bayṭār, aprovechó para ir tomando referencias botánicas y lexicográficas de todas aquellas plantas, animales y minerales que iba descubriendo por esas tierras, haciendo así un gran trabajo de campo que, más tarde, reelaboraría y sería la base para su ingente producción científica. 

La obra de Ibn al-Bayṭār es muy extensa y está dedicada al estudio de la botánica, la zoología y la mineralogía con fines farmacológicos. En total se le atribuyen una docena de composiciones, algunas de ellas perdidas, otras duermen todavía manuscritas sin editar ni traducir en bibliotecas de todo el mundo y otras tantas han visto la luz en ediciones y traducciones a varias lenguas. Entre todas estas obras podemos destacar las siguientes: 

Un Comentario al Libro de Dioscórides. De esta composición Ibn Murād llevó a cabo una edición (Túnez, 1990) y A. Dietritch una edición y una traducción al alemán (Göttingen, 1991). Se trata de una colección de nombres de medicamentos en diferentes lenguas (griego, árabe, beréber y latín) y de sus descripciones, y que tiene como fin fin acabar con las muy contadas confusiones que a lo largo de la historia se habían producido con muchos de ellos. 



Traducción árabe del Tratado de las plantas de Dioscórides. BNF ms. Arabe 2850, f. 70v.


Un Libro que aclara e informa sobre los errores y falsedades que contiene “El Método”. Se trata de una obra dispuesta en forma de diccionario que recoge las inexactitudes que Ibn al-Bayṭār detectó en la lectura de la composición titulada El Método, del médico iraquí de origen cristiano del siglo XI Ibn Ŷazla. 

Un Libro sobre lo que es útil saber acerca de los medicamentos simples. Obra compuesta en veinte capítulos en los que se van enumerando las diferentes partes del cuerpo, las dolencias que estas partes pueden padecer y los tratamientos que se deben aplicar según los casos. 

Una Epístola sobre el tratamiento de los venenos. Es una composición menor en la que el autor recopila una serie de antídotos para combatir diferentes envenenamientos. 

Un Tratado sobre las propiedades del limón. Esta obra contiene la descripción de las propiedades terapéuticas del limón. Aunque no se conserva copia manuscrita árabe alguna, sí existen varias traducciones al latín en las que se explicita que el autor es Ibn al-Bayṭār. 

Un Libro sobre la norma del médico. En él se describen en ochenta capítulos las enfermedades que pueden darse en cualquier parte del cuerpo humano, las terapias que se deben aplicar y su posología. Este trabajo se estructura de la siguiente forma: comienza por la cabeza y termina por los pies, pasando por cada uno de los órganos del cuerpo. 



Traducción árabe del Tratado de las plantas de Dioscórides. BNF ms. Arabe 2850, f. 11r.


Un Tratado sobre lo que es útil saber acerca de los medicamentos simples. Esta es la segunda obra en importancia de entre las composiciones de Ibn al-Bayṭār. Su contenido gira en torno a la función terapéutica de los medicamentos y está compuesta por veinte capítulos. 

Y, finalmente, la más importante y reconocida de todas, una Colección de medicamentos y alimentos simples. Se trata de un ingente diccionario, ordenado alfabéticamente, en el que se recogen las propiedades de alrededor de mil cuatrocientos simples (vegetales, animales y minerales), y cuya información es tomada de los grandes médicos griegos Galeno y Dioscórides, así como de más de un centenar de autoridades hindúes, persas y árabes, completado todo ello con los resultados de su propia experimentación. El orden interno de cada término estudiado siempre es el mismo: los diferentes sinónimos árabes, griegos y de otras lenguas por los que es conocido el simple propuesto, la descripción física del mismo, las propiedades terapéuticas que contiene, las enfermedades que cura y sus formas de aplicación, fundamentalmente. Todo ello, evidentemente, bien referenciado en las fuentes de las que el autor se nutre. 

La obra comienza con un extenso y detallado prólogo que describe con minuciosidad la intención que tiene el autor al escribir esta composición, y precisa los pormenores de su estructura, enumerando los seis propósitos fundamentales que aquí presentamos de manera muy resumida: 

1.  Explicar lo que Dioscórides y Galeno han dicho sobre los alimentos y los medicamentos, y el uso que de ellos ha de hacerse. 

2.  Exponer las opiniones de autores antiguos y modernos, y lo que en ellos es verdad confirmada, dejando a un lado todo aquello que se aparte de la evidencia y la confirmación.

3.  Evitar las repeticiones.

4.  Disponer la obra por orden alfabético para facilitar su estudio y su consulta.

5.  Demostrar los errores cometidos por otros autores y

6.  Escribir los nombres de los elementos en diferentes lenguas. 

Esta obra fue muy conocida en su tiempo y, prueba de ello, son las numerosas copias manuscritas que se conservan en la actualidad (concretamente 86, repartidas por Europa, Asia, África y América), y los cuantiosos trabajos de edición, traducción y estudio que sobre ella se han llevado a cabo a lo largo de la historia: las ediciones totales realizadas en El Cairo (1874) y en Beirut (1992); las parciales de al-Jaṭṭābī (Beirut, 1990) y de A. M. Cabo-González (Sevilla, 2002, 2005, 2009, 2010, 2011 y 2012); las traducciones al latín en los siglos XVII y XIX, la traducción al alemán de J. von Sontheimer (Stuttgart, 1840-42) y la francesa de L. Leclerc (París, 1877-83), entre otras. A esto hay que añadir otros muchos estudios y reflexiones que convierten a la obra en una de las más conocidas y reconocidas de la historia de la farmacología. 



Traducción árabe del Tratado de las plantas de Dioscórides (detalle). BNF ms. Arabe 2850, f. 116v


Para poder entender mejor la estructura y la finalidad del Kitāb al-Ŷāmiʿ, recogemos aquí el pasaje que contiene la descripción de las propiedades de la cicuta: 

“A esta planta se la denomina ŷaqūṭa en la lengua vulgar de al-Andalus. Dioscórides, en su Libro IV, la llama conium, y dice de ella que tiene un tallo nudoso como el del hinojo, es de gran porte, de hojas similares a las de la cañaheja y despide un aroma intenso; la parte superior de los tallos desarrolla umbelas de florecillas blancas y semillas como las del anís, aunque de un blanco más intenso; la raíz de la cicuta es hueca y no profundiza en la tierra. Por su parte, Galeno añade en su Libro VII, que el poder de este medicamento es el de enfriar intensamente, y todo el mundo lo sabe. Dioscórides sigue diciendo que la cicuta forma parte de los medicamentos letales, que mata por enfriamiento, y que el vino puro puede ser un buen remedio contra el daño que esta planta produce; la cicuta, aplicada en forma de cataplasma, alivia la erisipela y las pústulas, machacada con sus hojas y aplicada sobre los testículos es de utilidad contra las poluciones nocturnas, y usada de la misma forma sobre los testículos de los niños, los empequeñece y los atrofia; aplicar esta cataplasma sobre el pene, lo relaja, y sobre los pechos de las parturientas, les corta la leche y les impide que aquellos se agranden. Sigue diciendo Dioscórides que la cicuta con mayor poder e intensidad es la que crece en la isla de Creta, en Mégara y en Cilicia. Dioscórides agrega en su Libro VI, el dedicado a los venenos, que si se bebe cicuta, hace perder la razón y la vista, produce hipo y delirio, enfría las extremidades y, por último, produce espasmos y asfixia al estrecharse la tráquea y la laringe; llegados a este punto, lo oportuno es que el paciente comience a vomitar y a laxar el vientre para forzar la expulsión de la cicuta, luego debe tomar cosas que le beneficien como es el melote, y que lo beba lentamente, después debe tomar leche de burra o ajenjo con pimienta fresca, ruda, mosto, hojas de laurel y goma de asafétida, todo ello hervido; este es un antídoto muy eficaz”. 

Ibn al-Bayṭār nunca regresó a al-Andalus, presumiblemente porque el avance cristiano hacia el sur de la península y la conquista de las grandes ciudades no animara a nuestro autor a volver a sus orígenes. El malagueño murió en Damasco como consecuencia, al parecer, de ingerir por error un veneno mortal mientras llevaba a cabo su proceso de constatación de las propiedades del mismo. Esto ocurrió en los últimos días del mes de octubre o los primeros de noviembre del año 1248.


PARA AMPLIAR: 

 

 

 

martes, 23 de abril de 2024

MUSTAJLAS : EL PATRIMONIO PARTICULAR DE LOS EMIRES NAZARÍES

 

MUSTAJLAṢ: EL PATRIMONIO PARTICULAR DE LOS EMIRES NAZARÍES

El sultán era el legítimo representante de la Hacienda Pública. A título privado, contaba con su propio patrimonio particular, denominado mustajlaṣ. Las mujeres de la dinastía nazarí eran las principales transmisoras de bienes al mustajlaṣ de diferentes soberanos por la vía hereditaria

PAOLA LUQUE VARGAS
UNIVERSIDAD DE GRANADA



Vista de Granada de Joris Hoefnagel (1542-1601). Biblioteca Digital Hispánica.


En el Emirato nazarí de Granada, el sultán, como jefe de Estado y líder de la comunidad musulmana ―imām― es el legítimo representante de la Hacienda Pública y el máximo responsable de su gestión y administración. Esta institución, denominada en árabe Bayt al‑māl ―lo que literalmente significa “Casa del dinero”―, se ocupa de los fondos que deben emplearse en causas de interés público. A partir de trabajos publicados en las tres últimas décadas se ha consolidado la idea acerca de la existencia en la estructura financiera de al‑Andalus de otra entidad independiente, supervisada también por la figura del emir: Bayt māl al‑muslimīn (“Casa del dinero de los musulmanes”), encargada de los habices o fundaciones pías a favor de la comunidad de creyentes. En la actualidad, no obstante, hay evidencias suficientes para creer que se trate, en realidad, de una dependencia de la Hacienda Pública.

A título privado, los soberanos granadinos cuentan con su propio patrimonio particular, denominado por las fuentes árabes andalusíes mustajlaṣ. Este término se emplea, por extensión, para referirse a los bienes inmobiliarios adscritos a la hacienda personal de los sultanes, a las rentas generadas por los mismos y al espacio físico en que se depositan estas últimas. El vocablo se corresponde con el participio de un verbo que tiene como acepción principal la de “apoderarse” o “apropiarse de algo”, motivo por el que tradicionalmente se ha venido entendiendo la confiscación como la esencial vía de composición de esta hacienda. En efecto, las usurpaciones y confiscaciones están constatadas, como las que efectúa Muḥammad XI Boabdil durante la Guerra de Granada (1482-1492) sobre los bienes de sus adversarios, entre ellos numerosos heredamientos pertenecientes a sus hermanos Sa῾d y Naṣr ―hijos de la relación entre Muley Hacén y su concubina Soraya―. Existen, asimismo, otras formas de adquisición de propiedades con destino al mustajlaṣ bien atestiguadas, como la herencia y la compra, entre otras.



Escena idealizada de un sultán con bailarinas y músicos en una sala de la Alhambra. Les Almées, óleo de Paul Bouchard (c. 1893). Museo de Orsay, París. Wikimedia Commons.


En lo que a la herencia concierne, la persona del emir participa en la sucesión de sus familiares en los mismos términos en que lo hace cualquier otro sujeto de derecho, obteniendo una cuota variable en función de su categoría de heredero y del grado de parentesco con el causante. En relación con ello, cabe señalar que en el contexto del Emirato nazarí no se infieren abusos o prácticas que, encaminadas a aventajar a los sultanes en estos procesos, puedan concurrir en contra de lo establecido por el derecho islámico en materia de herencia. El estudio de la documentación disponible sobre este asunto

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permite arrojar otra información interesante en lo que al periodo señalado se refiere: las mujeres de la dinastía nazarí son las principales transmisoras de bienes al mustajlaṣ de diferentes soberanos por la vía hereditaria.  Por citar solo algunos ejemplos, según un documento conservado en cuyo contenido se remite a un pliego particional fechado en torno a 1431-1432, el emir Muḥammad IX “El Zurdo” participa como heredero de primer rango en la sucesión de una de sus esposas, Zahr al‑Riyāḍ, al igual que lo hacen también la hija de ambos, de nombre Umm al-Fatḥ, y la madre y los hermanos de la difunta. Otra fuente, el material de una pesquisa llevada a cabo a principios del siglo XVI, da noticia de cómo hacia el año 1483 Muley Hacén y su hermano Muḥammad XII “El Zagal” heredan de su tía Umm al‑Fatḥ numerosos bienes inmuebles, algunos de ellos en copropiedad.


Testimonio acerca del reparto de parte de la herencia de Zahr al-Riyāḍ, en el que consta cómo el sultán Muḥammad IX el Zurdo dona a su hija Umm al-Fatḥ la parte que le habría correspondido en esa herencia de la alquería de Ṣujayra (Zujaira). Biblioteca de la Escuela de Estudios Árabes, CSIC, ms. 73. 1


Por otro lado, hay casos documentados de compras inmobiliarias por parte de los emires a propietarios particulares, como la hecha en enero de 1479 por Muley Hacén a un tal “Abyjafar Hamete” de dos hazas de riego sitas en la alquería de Ogíjares, la cual incluye también el dominio de dos balsas y media de lino. Con todo, resulta considerablemente superior el volumen de noticias relativas a inmuebles adscritos al patrimonio personal de sultanes o al de futuros sultanes mediante compra a la Hacienda Pública. En teoría, dado que pertenecen a la comunidad y todo individuo tiene derecho a una porción indivisa de los mismos, los fondos públicos son inalienables e intransferibles. Sin embargo, ante determinadas situaciones fruto de la coyuntura política y de las necesidades económicas del Estado, la normativa legal se ajusta de manera que permite la enajenación de estos bienes, siempre bajo el principio del interés comunitario y todo ello a través de unos procesos notarial y administrativo muy concretos. De esta forma, los contratos de venta de inmuebles de la Hacienda Pública cuentan, además de con las cláusulas y disposiciones propias de toda escritura de su tipología, con elementos específicos que, en cada caso, manifiestan el origen de la propiedad, certifican la aprobación de la esfera jurídica granadina y obligan al pago de cierto gravamen. En ocasiones, en estas actas se detecta la omisión intencionada de uno o varios de estos elementos en un modo de evitar obligaciones fiscales a la parte adquiriente; se trata de operaciones irregulares que dejan ver la preeminencia de los intereses personales y familiares de los soberanos granadinos sobre el beneficio a la Hacienda Pública. Así, en 1448, el ya citado emir Muḥammad IX “El Zurdo” adquiere para su patrimonio particular, libre de cargas fiscales, el baño de al‑Šawṭār; lo compra directamente a los fondos del Estado, a la sazón gestionados por él mismo. Luego, entre marzo de 1459 y febrero de 1460, sin que se haga constar en el contrato la obligación al pago de cierta obligación, el sultán Sa῾d vende a sus hijos Yūsuf y el futuro Muḥammad XI “El Zagal” numerosas tiendas propiedad del Estado ubicadas en el centro de la ciudad de Granada. Años más tarde, su hijo y sucesor Muley Hacén también busca favorecer con la enajenación de bienes de la Hacienda Pública a su familia, y no solo a la conformada con Soraya ―que tanto ha trascendido a través de historias y leyendas―, igualmente a los vástagos habidos con su primera esposa. Como ejemplo, en 1465, este monarca transmite la finca de El Nublo de los “heredamientos de la corona real” al patrimonio privado de sus hijos Yūsuf y Boabdil ―futuro Muḥammad XI―, quienes entonces son apenas unos niños.

Estas transacciones con trasvases de propiedades desde la Hacienda Pública al patrimonio personal de diferentes sultanes y otros miembros de la dinastía nazarí han generado un denso debate entre los especialistas estudiosos del tema, llegándose a plantear la idea de una situación de no delimitación entre ambas instituciones y sus fondos, resultado de la administración arbitraria y caprichosa de los sultanes al margen de las autoridades jurídicas. Al contrario, y aunque todavía queda mucho por hacer en este sentido, recientes investigaciones perciben en las fuentes estudiadas una conciencia real de la distinción entre la Hacienda Pública y el mustajlaṣ en el Emirato Nazarí de Granada. Paralelamente, como ha quedado reflejado ya en líneas previas, están demostrando la aplicación de una metódica burocracia en lo que concierne a la transferencia y gestión de bienes del Estado. Por otro lado, conviene saber que a veces la interacción entre las citadas entidades se produce de la manera inversa, constituyendo el patrimonio particular de los soberanos un apoyo eventual para la Hacienda Pública. En el año 1466, Sa῾d invierte el precio de la venta de cuatro tiendas de su propiedad privada ubicadas en la Alcaicería “en el pro de los moros y en las cosas de sus neçesydades y en labor de sus fortalezas y en el vien e pro comun general y espeçial de la vniversydad de ellos”. La disposición del monarca a favor de las necesidades de la comunidad de las 1.150 doblas de oro que recibe por estos inmuebles se inscribe en la línea de una política recaudatoria hacia las arcas públicas, las cuales se encuentran mermadas debido a los elevados costes de las treguas con Castilla, y, además, deben hacer frente a las deudas contraídas con diferentes servidores durante los periodos de guerra.



Plano de Granada árabe (1910), Luis Seco de Lucena. Archivo del Patronato de la Alhambra y el Generalife, Colección de Planos/P-006283


“No hay parte alguna de la muralla sin huertas, viñedos, ni jardines”

En el siglo XIV, durante los gobiernos de Yūsuf I (1333-1354) y Muḥammad V (1354‑1359 y 1362-1391) descuella en el Emirato nazarí la figura del secretario, visir y cronista ―entre otras muchas facetas― Lisān al‑Dīn Ibn al-Jaṭīb (m. 1374). Conocedor de primera mano del asunto, en varias de sus obras da cuenta de algunas de las propiedades pertenecientes al mustajlaṣ del emir y emite valoraciones de conjunto tan jugosas y excepcionales como la que sigue:

“Rodean la muralla de la ciudad vastos jardines y espesos bosques pertenecientes al mustajlaṣ, de manera que, detrás de esa verde barrera, las blancas almenas brillan como las estrellas en medio de un cielo oscuro. No hay parte alguna de la muralla sin huertas, viñedos, ni jardines. En la parte norte de la llanura hay unas almunias de majestuoso tamaño y extremado valor, que no pueden ser costeadas salvo por gente relacionada con el poder real, dado lo excesivo de su precio. Algunas de estas almunias producen unas cosechas al año por valor de quinientos dinares de oro, a pesar del bajo coste de las verduras en esta ciudad. Treinta de estas almunias pertenecen al mustajlaṣ. Las ciñen y se unen con sus extremos unas magníficas fincas, nunca esquilmadas, siempre fecundas, cuyas rentas alcanzan en nuestro tiempo los veinticinco dinares de oro. La Hacienda Pública es incapaz de saber el valor que pueden alcanzar estas fincas, debido a su extensión, el lugar envidiable donde se encuentran y la disposición de la que gozan. Todas ellas tienen casas magníficas, torres elevadas, eras amplias, palomares y gallineros bien acondicionados. En los alrededores de la ciudad, bordeando la muralla, se encuentran más de una veintena de fincas del mustajlaṣ. En estas fincas vive un gran número de hombres y de sementales de buena raza que se emplean para arar la tierra, para la agricultura; en muchas de ellas hay fortificaciones, molinos y mezquitas. En esta fértil posesión, que es el alma del campo y lo más selecto de este buen país, se entremezclan alquerías y poblados que están en manos de propietarios particulares”.

Desafortunadamente, no se hallan descripciones de este calibre más allá de las proporcionadas por el cálamo de este autor. También se vuelve imposible encontrar documentación de registro en la que se inscriban los inmuebles que conforman el patrimonio particular de los diferentes sultanes, aunque parece evidente que existe y debe de ser una parte indispensable en la administración y gestión de los mismos, sobre todo teniendo en cuenta el nivel de burocratización que se observa en otros aspectos en el contexto de la Granada nazarí. Sin ir más lejos, la Hacienda Pública cuenta con varios libros de registro, en función de la tipología de los inmuebles, en los que se recogen datos como el nombre y la ubicación del inmueble, los distintos cambios de titularidad que experimenta y los gravámenes que pesan sobre el mismo. De esto último se tiene constancia gracias a los informes de una pesquisa iniciada a finales del siglo xv por petición de los Reyes Católicos para averiguar la situación en la que se encuentran las heredades que les pertenecen en Granada, en virtud de lo establecido en las capitulaciones con el último monarca nazarí. Aquí se hace reiterada alusión al contenido de “los libros de la hazienda de los reyes moros”, que con objeto de la citada empresa se trasladan del árabe al castellano. Por su inestimable valor, estos documentos son susceptibles de haberse conservado concienzudamente, pero en la actualidad resulta todo un reto para los investigadores localizarlos en los fondos de algún archivo. En definitiva, la información disponible sobre el conjunto del mustajlaṣ, más aún sobre propiedades concretas, es fragmentaria y se encuentra muy dispersa en fuentes de diversa índole y naturaleza. A pesar de las dificultades, es posible identificar algunas de las propiedades adscritas al mustajlaṣ de distintos emires y, aun lamentando la disparidad cuantitativa y cualitativa de las noticias, conocer datos relevantes sobre las mismas.



Informe sobre las “rentas mal llevadas” de los Reyes Católicos en Granada, donde se hace referencia a “los libros de la hazienda de los reyes moros”. Archivo General de Simancas, Consejo Real, 651, fol. 9, pieza 11


La Huerta Alta de la Alcazaba Cadima

En árabe al-Ŷanna al-῾Ulyà. Se trata de una huerta con infraestructuras y edificaciones en su interior, sita en la antigua alcazaba de Granada, en lo más alto del actual barrio del Albaicín. Gracias a una copia de un contrato notarial de compraventa se pueden rastrear hasta cuatro cambios de titularidad de este inmueble remontando su propiedad hasta la noble señora Umm al‑Fatḥ, hija de Muḥammad V; luego, en un momento no precisado, la finca es heredada por su sobrino el emir Muḥammad IX “El Izquierdo”, anexionándose a su mustajlaṣ hasta que en marzo del año 1448 la vende por precio de 3.750 dinares de oro a sus hijas, las señoras, horras, castas, de elevado rango y benditas, ῾Ā’iša y Fāṭima, en partes iguales y proindiviso. Acto seguido, el monarca procura una permuta entre los bienes de ambas mujeres, cediendo a Fāṭima la cuota de propiedad de ῾Ā’iša sobre esta huerta, a cambio de la mitad de otra huerta que la primera posee en la misma zona de la Alcazaba Cadima, presumiblemente de similar valor y extensión.

Palacio de Daralhorra en Granada, detalle del interior, de Mechthild Brinkmann. Grabado 21/40; pertenece a la obra «Patios árabes. Granada. MCMLXXXIV. Cinco patios granadinos vistos por una pintora alemana”. Archivo del Patronato de la Alhambra y el Generalife, Colección de Grabados/0145.



Los detalles que ofrece el documento sobre la localización de la Huerta Alta ―sus “límites son al sur el camino y las viviendas del cementerio, al norte el camino que hay detrás del aljibe grande antiguo, a levante el camino y a poniente las viviendas del cementerio”―, permite plantear varias hipótesis sobre su posible ubicación en el plano de la ciudad de Granada; según una de ellas, la huerta de Fāṭima se situaría en el actual emplazamiento de la Placeta del Cristo de las Azucenas, al este del convento de Santa Isabel la Real, siendo el límite al norte el Aljibe del Rey, al este la calle Pilar Seco y al sur la calle Santa Isabel la Real. Respecto a la huerta propiedad de ῾Ā’iša, no se indican ni tan siquiera sus lindes, por lo que parece más difícil poder situarla, no obstante, hay quien la ubica al noroeste de la primera, correspondiéndose con el solar donde luego se levantan el palacio nazarí de Daralhorra y el convento mencionado y su iglesia.


Para ampliar:

  • GASPAR REMIRO, Mariano, «De Granada musulmana. El baño de la ruina ó del axautar». La Alhambra 9 (1906): 21-30.
  • LUQUE-VARGAS, Paola, “El mustajlaṣ nazarí: génesis, evolución y transmisión (siglos xiii-xvi)”. Tesis Doctoral. Universidad de Granada, 2023. Acceso el 1 de diciembre de 2023: https://hdl.handle.net/10481/83034.
  • MALPICA CUELLO, Antonio, y TRILLO SAN JOSÉ, Carmen, «Los Infantes de Granada. Documentos árabes romanceados». RCEHGR 6 (1992): 361-422.
  • MOLINA LÓPEZ, Emilio, «El mustajlaṣ andalusí (I) (s. VIII-IX)». RCEHGR 13-14 (1999): 99-189.
  • PEINADO SANTAELLA, Rafael, «El Patrimonio Real nazarí y la exquisitez defraudatoria de los principales castellanos». Medievo HispanoEstudios in memoriam del Prof. D. W. Lomax (1995): 297-318.
  • SECO DE LUCENA PAREDES, Luis, «La sultana madre de Boabdil». Al-Andalus 12 (1947): 359-390.
  • TRILLO SAN JOSÉ, Carmen «El Nublo. Una propiedad de los Infantes de Granada». En Homenaje al Profesor José María Fórneas Besteiro, 867-879. Granada: Universidad de Granada, 1995.
  • ZOMEÑO RODRÍGUEZ, Amalia, “Daralhorra en la Alcazaba Cadima: propiedades reales a finales del siglo xv”, en Bárbara BOLOIX GALLARDO (coord.), El palacio nazarí de Daralhorra, Granada: Patronato de la Alhambra y el Generalife, 2019.

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miércoles, 10 de abril de 2024

AJUARES EN LA GRANADA NAZARÍ: LA APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN NOTARIAL

 

AJUARES EN LA GRANADA NAZARÍ: LA APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN NOTARIAL


Parece razonable considerar que la selección de objetos de ajuar incluida en los contratos de acidaque – dote matrimonial – cumplía un valor social, dando visibilidad a bienes que destacaban por su ostentación y suntuosidad, y omitiendo otro tipo de enseres más modesto y anodino, por mucho que fuese necesario en el día a día del hogar. Da la impresión de que con estas donaciones matrimoniales puestas por escrito las familias andalusíes pretendían hacer gala de su prestigio


MARÍA DOLORES RODRÍGUEZ GÓMEZ
UNIVERSIDAD DE GRANADA


Bordado nazarí con lacería. Museo Lázaro Galdiano.


En pleno siglo XIV, en unas fechas imprecisas que tuvieron que ser con posterioridad al año 1340, tuvo lugar el enlace matrimonial en el reino nazarí de Granada de dos miembros de la familia gobernante magrebí de los benimerines. La desposada era Masʻūda, nieta del poderoso “jefe de los combatientes por la fe” (šayj al-guzāt) ʻUṯmān b. Abī l-ʻUlà, cuya participación en la política nazarí fue absolutamente relevante y decisiva durante el gobierno de los emires Muḥammad III, Naṣr, Ismāʻīl I y Muḥammad IV (r. entre 1302 y 1333). Su prometido era Abū ‛Alī Manṣūr, cuyo padre se había rebelado contra el sultán benimerín Abū Saʻīd ʻUṯmān II (r. 1310-1331), de quien era hijo. Ambos contrayentes pertenecían a ramas disidentes de la misma familia, que encontraron refugio en Granada. 

El contrato de acidaque, palabra hoy en día en desuso que hace referencia a la dote (del árabe al-ṣidāq), fue puesto por escrito por uno de los personajes más influyentes de la política y la cultura del emirato granadino, el visir natural de Loja, Lisān al-Dīn Ibn al-Jaṭīb, del que nos ha llegado una versión resumida inserta en una recopilación de sus escritos. 

Además de una importante cantidad en metálico y un número considerable de esclavas, Abū ‛Alī Manṣūr agasajó a su prometida en el contrato de acidaque con un elenco de piezas de ajuar que resulta abrumador, incluyendo, en palabras del propio Ibn al-Jaṭīb, “un surtido de ropa suntuosa y joyas de oro puro, según corresponde al elevado y destacado rango de ambos contrayentes” (Hoenerbach: 1965, pp. 94 ed., 113 trad.).  

Veamos seguidamente la extraordinaria relación de pertenencias de ajuar, comenzando por los textiles y cueros: un cordón de seda (šarrāba) valorado en cien dinares de oro; doce vestidos de seda (ṯawb) bordados de oro: cinco al estilo mansūqa, tres al estilo muṯaqqala y cuatro al estilo muqaḍḍaba; doce piezas de tela (maqṭaʻ) trabajados a la manera de Ifrīqiya, y otros doce a la manera de Susa; doce alquinales de lino; doce pañuelos para la cabeza (šarabiyya) de seda o lino crudo; tres mantos (munūt) de seda bordados de oro; tres mantos de paño escarlata (iškarlaṭ); cuarenta alifafes (liḥāf) de seda, de ellos diez bordados de oro al estilo mansūqa, diez de seda, diez de paño y diez de lana; veinte alhamares (ḥanbal) de lana, diez de ellos con trabajo de Ouarsenis y los otros diez con trabajo ʻudwī; veinte almadraques (maṭraḥ), de los que diez eran de cuero decorados con pan de oro, y el resto, de paño; diez tejidos (anwāḥ) de lana; catorce colchones (muḍarrabāt) de tipos diversos y cincuenta almohadones (mijādd), veinte de los cuales eran de seda, diez de ellos recubiertos y bordados y el resto, de lino blanco. 


Tejido nazarí de seda. Patronato de la Alhambra.


Además de los textiles suntuosos, no podía faltar en el ajuar dotal de una persona de tal alcurnia las joyas, algunas de las cuales, como se comentó anteriormente, eran de oro: cuatro alfileres (jalā’il), una corona o diadema (tāŷ) y dos cadenas (qilāda), pero también se encuentran aljófares (ŷawhar) en cuatro collares (ʻuqūd), y en un colgante para la frente (sullam ŷawhar). Otras preseas de las que no se precisan los materiales que las componen son brazaletes (d.ḥḥa) y aros para los pies (qarāqis), así como un collar o colgante de un tipo denominado mazamm. El valor total de estas alhajas ascendía a la elevada cantidad de mil dieciocho dinares. 



Brazalete o ajorca nazarí. Museo Lázaro Galdiano.


En esta escritura de esponsales apenas si se hace referencia a otro tipo de objetos del hogar necesario para la actividad cotidiana, pues únicamente se anotan dos elementos de tocador: un espejo y una ampolla para perfumes, cuya cuantía en total ascendía a ciento diez dinares de oro. 

En la escritura de Masʻūda y Manṣūr se percibe el papel relevante que ocupan los textiles por el número de artículos que contiene, así como por su diversidad, encontrándose piezas elaboradas en seda, lino de diferentes clases, paños y lana, a los que habría que añadir elementos realizados en cuero. No suele ser este tipo de documentación notarial muy proclive a dar datos sobre colores, formas, diseños, etc., pero, en este caso, en algunos artículos se precisan más detalles de su hechura, y se mencionan bordados de oro en diferentes estilos: mansūqamuṯaqqala y muqaḍḍaba, así como otras piezas trabajadas a la manera ifrīqī (de Ifrīqiya, aproximadamente el actual Túnez), sūsī (de la ciudad tunecina de Susa), wanšarīsī (de la región del Ouarsenis, en Argelia) y ʻudwī (“de allende”, haciendo referencia al Magreb). Únicamente se mencionan dos colores, el escarlata y el blanco.  

Puede llamar la atención la cantidad de almadraques, colchones y almohadones que se observan en este ajuar, pero no es nada de extrañar si tenemos en cuenta que estas piezas con relleno tenían un mayor uso del que se les da hoy en día, puesto que también servían como asiento en lugar de sillas o sillones, o de colchonetas sobre una especie de bancos, a la manera de lo que en Marruecos en la actualidad se les da el nombre de “metarbas”. Este es un ejemplo claro de cómo los textiles cumplían una importante función como mobiliario, elemento éste que solía ser poco frecuente en las viviendas andalusíes y que, de hecho, no cuenta con ninguna pieza en el contrato de esta pareja de nobles benimerines. 

Este precioso documento, de gran valor asimismo por ser uno de los pocos contratos matrimoniales que se conservan sobre al-Andalus de personas de tan alto rango, se ajusta a un modelo dotal dirigido a mujeres de posición elevada en donde no pueden faltar las joyas, los textiles, objetos de tocador o domésticos, todos ellos de una calidad y riqueza excelentes. Traemos a colación las palabras del imprescindible Ibn al-Jaṭīb quien, en otra de sus obras, describe el atuendo de los habitantes del reino nazarí: 

«El vestido más usado por las distintas clases sociales y más propagado entre ellos es el de paño de lana teñido en invierno. Son muy variadas las calidades de las telas, según la fortuna y la posición social. En verano usan el lino, la seda, el algodón, el pelo fino de cabra, la capa de Ifrīqiya, los velos tunecinos y los finísimos mantos dobles de lana […]. 
Los turbantes son muy poco usados por los habitantes de esta ciudad; solamente lo llevan los jeques, cadíes, ulemas y el ejército magrībí […]. 
Las joyas de los ricos, como, por ejemplo, collares, brazaletes, ajorcas y pendientes son, hasta hoy día, de oro puro e, incluso, muchos adornos de los pies, de los que no son precisamente ricos, están hechos de plata pura. Las piedras preciosas, como el jacinto, topacio, esmeralda y aljófar, son copiosas entre las personas que ocupan una posición elevada, al arrimo de la sombra protectora del gobierno, o son de familia de rancio abolengo […]. 
Sus mujeres […] han llegado al colmo hoy en día en la variedad de los adornos, el empleo de afeites, la emulación en los tisúes de oro y brocados, y la frivolidad en las formas de los atavíos». (Ibn al-Jaṭīb: 2010, 128-9). 



Collar en filigrana de oro del tesoro de Bentarique. Museo Arqueológico Nacional.


También las andalusíes menos pudientes recibían en sus contratos de esponsales tejidos, algunas joyas, perfumes y, en menor medida, otro tipo de enseres domésticos, aunque, obviamente, más modestos que los de la princesa benimerín. Al contrario de lo que ocurre en las cartas de dote y arras moriscas, quizás influidas por el mayor detalle con que eran precisadas las dotes cristianas, la mayoría de los objetos útiles para la vida diaria en el seno del hogar no aparece especificado en estas escrituras. Conviene precisar que, si bien son las novias las destinatarias del acidaque, sus prometidos solían abonar una primera parte del mismo en dinero metálico, que los padres de ellas o sus tutores en caso de fallecimiento de éstos empleaban para adquirir los objetos del ajuar doméstico, e incluso ellos mismos hacían entrega de este tipo de bienes como donación matrimonial para facilitarles una convivencia más cómoda. Por otra parte, las propias mujeres podían emplear el montante de la dote en adquirir pertenencias, tal y como recogió por escrito el viajero alemán Jerónimo Münzer quien, en su visita a Granada en 1494, recién conquistada por los cristianos, comentaba de las mudéjares: “Cada esposa invierte la dote en gastos propios, como collares, ropas, etc.” (Münzer: 1987, 57-8). 

Parece razonable considerar que la selección de objetos de ajuar incluida en estos contratos de acidaque cumplía un valor social, dando visibilidad a bienes que destacaban por su ostentación y suntuosidad, y omitiendo otro tipo de enseres más modesto y anodino, por mucho que fuese necesario en el día a día del hogar. Da la impresión de que con estas donaciones matrimoniales puestas por escrito las familias andalusíes pretendían hacer gala de su prestigio.   

Continuando con la información aportada por el material documental notarial sobre este tipo de bienes, los testamentos o repartos de herencias resultan asimismo de gran utilidad para estos fines. Al igual que ocurre con los contratos de acidaque, suelen ser parcos en la descripción de este tipo de elementos del hogar, pero se conserva algún caso que merece la pena ser detallado. La protagonista se llamaba Fāṭima bt. Saʻīd b. Lubb, y era una mujer que, como muchas granadinas, tenía una casa y un terreno. Concretamente su casa se hallaba en el Albaicín, y poseía una viña en Pinos Puente, en las afueras de Granada. El 28 de abril de 1481 se puso por escrito su legado y el 7 de febrero de 1495, su pliego particional, en donde se mencionan numerosas piezas que formaban parte de su vida cotidiana, cuya cuantía total sumaba 141 dinares y 516 dírhames. 


Tejido de seda nazarí de lacerías y gacelas. Museo Lázaro Galdiano.


Los textiles, como cabría suponer, constituían los elementos más importantes del ajuar de Fāṭima, encontrándose entre sus vestimentas medio manto de lienzo de importación; tres almaizares (manšaf) de diferentes clases; una marlota (mullūṭa) de paño; una camisa (qamīŷa) de lienzo; dos calzas (ŷawrab); un vestido del tipo durnūq remendado; unos zaragüelles (sarwāl) de mujer; un mandil (manḏīl) bordado; tres tocas y otras gastadas por el uso; una almalafa (milḥafa) para la cabeza; dos camisas; un vestido de diario de lienzo y un manto de paño. Asimismo Fátima dejó en herencia diversos artículos para la casa, entre los cuales se encontraban cinco almohadas usadas, otra sin usar, y cinco de esparto; una alcatifa (qaṭīfa) de lana; una sábana de lienzo; una alfombra o estera para orar y una almalafa de cama. Además, en su casa tenía madejas de lino, lo cual era muy frecuente en una sociedad como la andalusí, en donde las viviendas solían contar con telares para confeccionar la mayoría de las prendas de uso de la casa. Aunque no sean productos textiles propiamente dichos, como parte de los atuendos y elementos del hogar también se observa el cuero entre las piezas de su ajuar, concretamente en dos zapatos (sabbāṭ), unas zaleas (salā’ij) y en un almadraque.  



Zapato de cuero curtido. Patronato de la Alhambra.


Si bien son pocas las joyas mencionadas entre las pertenencias de esta mujer granadina, que tendría una condición social media, sin ahogos económicos, pudo disfrutar de una manilla (miqyās) de oro tres aljófares y un tūt (“tute”, pieza tubular de collar), también de oro.  

Si en algo destaca la partición de herencia de Fāṭima bt. Saʻīd b. Lubb es por la presencia de mobiliario y objetos del hogar, que son mencionados raramente en los documentos notariales árabes granadinos. Cabe destacar los utensilios de cocina, tales como tres redomas (maḍraba) de vidrio, (una de ellas de tipo “malagueño”), un almirez (mihrās) chino, una sartén (miqlā) de cobre, una tinaja de barro (jābiya) para el agua, una caldera (burma) de cobre, una orza (baṭīra) de barro y un ataifor (ṭayfūr). Otros elementos que podrían estar en cualquier dependencia de su casa eran un arca (tābūt) de madera, de gran utilidad como objeto que servía para guardar telas y otras pertenencias, y un armario o aparador (marfaʻa), mueble no demasiado habitual, puesto que lo más frecuente para contener piezas eran las alacenas encastradas en las paredes, que se solían cerrar con puertas de madera. 




Gran ataifor nazarí del árbol. Patronato de la Alhambra.


No podían faltar en la casa de Fāṭima las herramientas e instrumental de trabajo, con utensilios propios de las faenas agrícolas como una sierra pequeña (munšāyir) y un azadón (bašāṭīr) de hierro, además del telar (maramma) con el que probablemente se dispondría a tejer las madejas de lino que también había dejado como herencia. 

Los documentos de Masʻūda y Fāṭima constituyen una fuente de información valiosísima para conocer aspectos de la vida doméstica en el reino nazarí. En ellos figura una simple muestra de la enorme riqueza de vocabulario que se observa en los ajuares andalusíes. Quienes hayan leído este trabajo con atención, sin duda se habrán percatado de la importante cantidad de arabismos que ha generado este tipo de material en nuestra lengua (alifafe, alhamar, almohada, zalea, etc.). Aunque muchos de ellos hayan caído hoy en día en desuso, gracias al Diccionario de la Lengua Española, por ejemplo, sus significados pueden ser rescatados del olvido. 

NOTA: Esta/e publicación es parte del proyecto de I+D+i «Vestir lacasa: espacios, objetos y emociones en los siglos XV y XVI«, 
PGC2018-093835-B-100, financiado por MCIN/AEI/10.13039/501100011033/ y 
FEDER “Una manera de hacer Europa”. IP: María Elena Díez Jorge.  


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