viernes, 27 de julio de 2012

Historia de los musulmanes en al-Ándalus. Cristianas y musulmanas en la edad media

CRISTIANAS Y MUSULMANAS EN LA EDAD MEDIA

Por Yusuf Al-Andalusí


LA MUJER Y EL ENTORNO SOCIAL

La imagen femenina en la Edad Media se vio muy condicionada por el posicionamiento de los clérigos, la influencia que de la iglesia tiene en el resto del conjunto de la sociedad aumenta si, como es el caso, es ella la que ostenta el poder de la palabra, de la cultura, e incluso de la tradición, algo que ocurría de manera insoslayable en la época medieval.

En esta imagen de que la mujer hace el ámbito clerical de la sexualidad es el eje fundamental, sobre todo a partir de surgir el culto mariano. En este sentido la mujer es tomada como instrumento del demonio –idea originada por la propia iglesia-.

Era común la creencia de que la mujer podía sufrir los ataques de “la madre”, al subirse hacia arriba el útero provocaba el histerismo; el ataque era debido al hecho de que la mujer había acumulado un exceso de esperma por falta de copulación carnal, lo que hacía que la mujer se diera fácilmente al coito, y es sabida la posición de la iglesia respecto a las relaciones sexuales, a las que condena considerándolas algo pecaminoso.

Augus Mackay hace una especie de ecuación: útero = la madre = histerismo = ganas de procrear = ganas de fornicar = inestabilidad = irracionalidad = peligro. Por este peligro que representan las mujeres, estas no deben, de ninguna manera acceder a puestos de la vida pública; asimismo siempre deben de estar bajo el control de los hombres (hija – padre, esposa – esposo, monja – Cristo)

Que la mujer era un “animal” sexual y, por tanto, causante de todos los males, es una idea que aún se mantiene en el siglo XVI, Blas Álvarez de Mendizábal afirma: “ el útero de hembra apetece grandemente la simiente, y es grande el deseo que de tal simiente tiene, y mientras la atrae a si y la embebe y al tiempo mismo conceto es maravilloso el deleyte que recibe”.

Otro detalle que no se debe olvidar es que la iglesia cristiana considera a Eva la culpable del pecado original. Esta idea de que la mujer es la causa del gran pecado causa, por ejemplo, que se niegue la existencia del alma en la mujer, esta sistemática negación dio lugar a una votación en el concilio de Trento, donde se aprobó que la mujer tenía alma tan sólo por un voto de diferencia.

Antes de entrar a comentar la idea que el Islam tiene de la mujer es necesario hacer unas consideraciones previas. Por un lado muchas de las críticas que se hacen al Islam en relación con la discriminación que sufre la mujer, tanto en la Edad Media como en la actualidad, no tienen en cuenta que hay una pervivencia de costumbres anteriores al mensaje de Muhammad, es el denominado tiempo de la yahiliyya (tiempo de la ignorancia), son, por tanto, usos culturales y no preceptos religiosos; un ejemplo es la ablación del clítoris – que dicho sea de paso no es, ni mucho menos, norma habitual del mundo islámico -, pues bien, el Islam prohíbe taxativamente la realización de la ablación del clítoris, como cualquier otro tipo de vejación sobre el cuerpo. Otro ejemplo, el velamiento femenino es fruto de la tradición árabe preislámica, es decir, antes de la revelación islámica, este velamiento ya se puede observar en la tradición judeo-hebraica, y, vuelvo a insistir, en la sociedad árabe preislámica.

Hechas estas salvedades se puede afirmar que la mujer musulmana, al igual que la cristiana, siempre estará bajo la tutela de un varón. En el sistema de valores del Islam medieval la supremacía es la umma (colectividad), y que la representación de esta colectividad, en cualquier ámbito, la protagoniza el hombre; por tanto, el papel que se otorga a la mujer siempre estará subordinado a los deseos del varón.

Lo que sí es cierto es que, dentro del plano secundario a que queda relegado la mujer en el Islam, no tiene influencia el sexo. Al contrario que hemos visto en el mundo cristiano el Islam no considera el gozo corporal o el disfrute sensual como algo malo, sino como un bien que Allah ha tenido a bien ofrecer al ser humano. Esta diferente concepción sobre el disfrute del sexo si marcará unas diferencias, bastante claras, en cuanto a algunos de los conceptos y normas sociales que se establecen en referencia a la mujer. Es más, en la sociedad cristiana ya he mencionado que se considera a la mujer como la incitadora al pecado del hombre en tanto que piensa que es promiscua y poco menos que insaciable en apetencias sexuales, por el contrario la umma islámica es al hombre al que le achaca esta tendencia a la promiscuidad, en este sentido el uso del velo no se impone como elemento marginador de la mujer, sino para evitar que se vea incitada por el hombre a la promiscuidad incontrolada. Otro tanto se puede decir de la reclusión de la mujer musulmana en el hogar – algo parecido ocurre en el mundo cristiano -, esta deriva del mismo motivo que el uso del velo; no obstante no es cierta la imagen que se ha dado en ocasiones de que la mujer musulmana estaba poco menos que prisionera en su propia casa; se puede trazar el mapa de recorridos habituales de las mujeres, que se reparte entre los baños, la visita a los cementerios, la ida a ciertos zocos, el lavado de ropa en el río, etc., es decir, poco más o menos, lo mismo que la mujer cristiana.


EL MATRIMONIO

En las dos culturas que estamos estudiando la mujer casada se ve, tanto en el ámbito intelectual como jurídico, en clara inferioridad respecto al marido, tanto sus actitudes como sus actividades se ven subordinadas a los deseos del esposo.

Antes que nada hay que decir que debido a la visión contraria a la sexualidad, muchos canónigos cristianos mostraban una actitud hostil hacia el matrimonio.

El marido es la figura central en el universo de la mujer casada, alrededor de él gira todo el sistema de valores que se proponen a los cónyuges. El principal deber de la mujer casada es amar y obedecer al marido.

 


Boda cortesana

En el pensamiento cristiano sobre el matrimonio hay, según Augus Mackay tres influencias importantes:

-   Influencia judaica, según la cual el motivo del matrimonio es exclusivamente la procreación; el acto sexual queda asociado a la impureza.

-   Influencia del Derecho romano, según el cual el conocimiento de las dos personas es elemento fundamental para constituir el matrimonio.

-   La manera en que los Padres de la Iglesia daban tanto valor a la virginidad y a la vida célibe.

En el matrimonio cristiano prima el afecto y el servicio entre los esposos, sobre la relación carnal. Gilbert de Tournai decía « El amor carnal, alimentado por la lujuria y caracterizado por el exceso, es asimilable al adulterio y produce los mismos efectos que este: lascivia, celos, locura ». En este contexto la gráfica descripción que del matrimonio hacen algunos Padres de la Iglesia, tan autorizados como San Jerónimo, nos hace ver el matrimonio, por la excesiva alabanza que se hace de la virginidad, como una elección de segunda clase, y por supuesto no era algo que se debiera disfrutar, sino sólo utilizar para la procreación.

En cuanto a la teórica necesidad de consentimiento por las dos partes habría que matizar muchos aspectos. Tanto en Las siete partidas de Alfonso X, como las ideas expuestas por teólogos como Ive de Chartres o Hugo de Lincoln – por citar sólo algunos casos – se admite el matrimonio a los siete años, los canonistas admiten esta edad para los esponsales y doce para que las niñas se casaran – los niños catorce - ¿Una niña a esta edad tiene la suficiente capacidad para decidir con quién quiere casarse? ¿Es esto libertad de consentimiento?. Por otro lado era necesario el consentimiento paterno en el matrimonio de la hija. Si el padre de familia lo negaba y la hija se casaba, quedaba desheredada y el marido como enemigo de la familia. La iglesia encontraba normal que los padres casaran a sus descendientes, lo que también va en contra de la libre elección.

En los siglos XI y XII la iglesia da la forma actual del matrimonio. El matrimonio pasa a ser un sacramento. Pero existían otros tipos de matrimonios y uniones, en pareja, de hombres y mujeres.

Existía el matrimonio jurídico que comprendía dos actos, el exposalicio, que era el contrato que se establecía entre el novio y el padre de la novia, mediante el cual aquél adquiría el derecho de que la novia le fuera entregada; el segundo acto era la boda o solemne entrega. Otro tipo de matrimonio era el de furto o juras, tenía los mismos derechos en cuanto a los aspectos patrimoniales y jurídicos, este matrimonio se realizaba ante testigos y con el sólo acuerdo de los contrayentes.

Otro tipo de unión era la barraganía, esta unión era disoluble y estaba basada en la sola voluntad de las dos partes. Daba derechos hereditarios para la mujer y los hijos. Todo hace pensar que este tipo de unión era bastante frecuente entre solteros, viudos, y clérigos; esto último hace que la iglesia comience a tomar medidas en contra de esta unión, en estas medidas la mayor carga punitiva recae en las mujeres; en el concilio de León (1267) se establece que los hijos de las barraganas quedan desposeídos de toda herencia de su padre y reitera la prohibición de enterrar a “todas las mancebas que sean públicas de clérigos”

 

 Clérigo con barragana. Cantigas de Alfonso X

Pasemos a la consideración del adulterio. Las leyes civiles tendían a considerar por adulterio únicamente la unión carnal entre una mujer casada y consentidora y un hombre que no es su marido, los castigos que recaían sobre la mujer podían llegar a establecer la pena de muerte para la adúltera. El adulterio también tiene penas eclesiásticas; el sínodo de León señalaba que cuando se probase el adulterio la mujer se entregaba al marido para que “la mate e haga della lo que quiera”

Pasemos al matrimonio islámico. Hay que partir de la premisa que en el Islam no existe un ideal religioso de virginidad – todo lo contrario que el ideal religioso de la iglesia católica – a partir de esta premisa no sólo no se desaconseja el matrimonio, sino que lo considera conveniente tanto para hombres como para mujeres, dentro de la desaprobación que hace del monacato como institución aunque permita la adopción voluntaria e individual del celibato.

En el matrimonio islámico (nikah) la mujer contrae determinadas obligaciones respecto a su marido, a cambio de recibir de éste la dote y la nafaqa (todo aquello que es necesario para vivir: comida, alojamiento, ropa, etc.,) Para que el contrato matrimonial comience a producir efectos debe consumarse la unión.

Una importante variante del matrimonio islámico es que este no es indisoluble, pero no sólo es el hombre el que puede solicitarlo, también la mujer tiene la capacidad de hacerlo (sura 2, ayats 224 y 226) Las causas por las que la mujer podía solicitar el divorcio eran variadas:

-   Que le compre el repudio al hombre.

-   Incumplimiento de algunas de las cláusulas del contrato matrimonial, y a través de una resolución judicial.

-   Que se haga difícil o repugnante la vida marital.

-   Por ausencia injustificada del marido.

-   Enfermedad incurable (la escuela malikí añadió bastantes enfermedades)

-   Malos tratos, incluso las injurias de palabra.

-   Le negligencia en sus deberes conyugales.

-   Impago de la suma necesaria para mantener le hogar.

Cómo se observará son múltiples las causas que puede aducir la mujer para separarse de su esposo; no obstante esto no quiere decir que la mujer tuviera la misma facilidad que el hombre para repudiar a su pareja, al marido le bastaba con decir de palabra, ante dos testigos, “te repudio”, para que el divorcio fuera efectivo.

Otra diferencia fundamental entre el matrimonio musulmán y el cristiano es que aquél permite la poligamia en el hombre, esto es la teoría ya que el Corán dice que el hombre que puede tener hasta cuatro esposas, debe tratar a sus cónyuges con total igualdad, esto en la práctica es imposible, por lo que se puede entender que en realidad no sólo no aprueba la poligamia sino que pone unas condiciones para ejercerla imposibles de cumplir, lo que es tanto como prohibirla.

Tanto la cultura musulmana como la cristiana establecen la casa como representación del espacio femenino. En ambas culturas los deberes de la mujer casada pasan por atender todo el trabajo doméstico, así como administrar la economía de la casa, aparte de hacer el pan, barrer, cocinar, lavar la ropa, etc., también el ama de casa se encarga de hilar, tejer, o cuidar de la limpieza de los animales domésticos, y por supuesto está al cuidado de la educación de los hijos. Y como se ha comentado anteriormente, también es común a ambas culturas la sumisión de la esposa al marido.

No quiero terminar este aparatado sin reflejar un texto – que se podía considerar feminista – del gran Averrores, en relación con la mujer casada musulmana. “... sin embargo en estas sociedades nuestras se desconocen las habilidades de las mujeres, porque ellas sólo se utilizan para la procreación, estando por tanto destinadas al servicio de los maridos y relegadas al cuidado de la procreación, educación y crianza. Pero esto inutiliza sus otras posibles actividades”

LA MUJER Y EL TRABAJO FUERA DEL HOGAR

Ambas culturas coinciden en una división del trabajo por razón del sexo, en esta división a la mujer le fueron asignados determinados trabajos, mientras que en otros les fue tajantemente prohibido su acceso, aunque sin otro motivo que no fuera perpetuar el dominio del varón sobre los medios de producción, y consecuentemente el mantenimiento del rol del hombre como figura principal del sostén de la sociedad.

La sociedad patriarcal es causante de la discriminación de la mujer del mundo del trabajo, se produce una discriminación de género, a la mujer se le asigna un espacio, el doméstico, y la realización de los trabajos tendentes al abastecimiento de la casa, el cuidado de los hijos, etc. Se intenta que, socialmente parezca que el hombre es el único que proporciona la riqueza de la familia.

La base principal de la economía medieval es la agricultura, dentro de los trabajos agrícolas la mujer realiza todas las actividades relacionadas con la explotación agraria:

-   Puede participar en las sernas.

-   Participa, aunque en menor medida que el hombre, en el trabajo extrafamiliar (sirvienta, manceba, etc.).

-   Ayuda al esposo cuando este tiene un contrato temporal como meseguero, yuguero, etc.

-   También efectúa trabajos pagados al día o a destajo – jornaleras, labradoras, vendimiadoras, lavanderas de conventos, etc. –

-   Algunas mujeres realizaban actividades “comerciales”, por ejemplo, fabricando cerveza, o actuando como panaderas o carniceras.

Como se habrá observado la mujer aparece representando un papel importante a la hora de suministrar la necesaria fuerza de trabajo manual.

Dentro del mundo urbano a la mujer sólo se le daban los trabajos de menor prestigio, y los peor pagados. Estos bajos salarios obligaban a muchas de ellas a tener una especie de pluriempleo, por ejemplo, podían trabajar de lavanderas por la mañana, hilanderas por la tarde y, ocasionalmente, prostitutas por la noche. No obstante había otras actividades que proporcionaban a las mujeres unos mejores salarios, este era el caso de las parteras o de las fabricantes de cerveza.

Como es sabido, dentro del mundo urbano, el artesanado cumplía un importante papel en el desarrollo económico. Desde los inicios del siglo XIII los artesanos comenzaron a agruparse en gremios. Antes de la publicación del Livre des metiens (Etienne Boileau, 1268) es muy difícil establecer las actividades artesanales que ejercía la mujer, bien con el marido o de forma independiente. En este libro se establecen aquellos gremios que eran exclusiva o mayoritariamente femeninos: hilanderas de seda. Bordadoras, otros admitían la posibilidad de que tanto hombres como mujeres puedan acceder a la máxima categoría artesanal, la de maestro; finalmente hay oficios en los que está totalmente vedada la incorporación de la mujer – generalmente los que requieren un mayor uso de la fuerza física – Hay que mencionar que muchas de las mujeres que aparecen ejerciendo oficios son viudas que han continuado realizando las actividades que antes hacía el marido.

Si, como hemos observado, los impedimentos para que la mujer accediera a determinadas profesiones eran importantes, estos se verán aumentados si la profesión a ejercer era de un rango superior, por ejemplo, el ejercicio de la medicina. Para el ejercicio de la profesión médica era imprescindible la obtención del título que concedían las universidades, como la mujer tenía vedado el ingreso en las mismas, les era imposible ejercitar la medicina. A pesar de estos impedimentos, como señala Margaret Wade, muchos municipios otorgaban a las mujeres licencia para ejercer de médicos, en vista de sus altos conocimientos.

En el mundo islámico nos encontramos con situaciones muy similares a las vistas en el occidente cristiano.

Aunque en el Corán y la sunna no existen restricciones para el acceso a la vida laboral y profesional de la mujer, salvo para ejercer de cadí y aquellas profesiones que el Profeta consideraba malditas, hacer tatuajes, poner pelucas, depilar, es decir, todos aquellos oficios que ayudan a cambiar la imagen externa, la realidad se nos ofrece muy diferente.

Dentro del mundo rural las labores de la mujer musulmana eran prácticamente iguales a las que he señalado para la mujer cristiana, quizás mencionar que muchas participaban en la recogida de la aceituna, sabida es la importancia del aceite de oliva en la gastronomía musulmana; mientras que los hombres vareaban los olivos, las mujeres y los niños recogían el fruto.

De los distintos oficios que ejercía la mujer musulmana dos tenían implicaciones legales. El trabajo de comadrona (qabila) tiene importancia legal, ya que los servicios de esta podían ser requeridos por el cadí en casos relacionados con el repudio, para verificar si la mujer estaba embarazada o no, testificar en el caso de que un niño muriera al nacer, o albergar en su casa a las mujeres que estaban condenadas a presidio. El otro oficio con connotaciones legales era el de nodriza (murdi) ya que establecía una relación de parentesco con el niño amamantado impidiendo que éste pudiera casarse con su ama de leche o con las hijas / hijos de ésta.

También tenía repercusiones jurídicas el oficio de plañidera, este oficio específicamente femenino, es reprobado por el Islam, no lo prohíbe legalmente, pero a las plañideras se las impedía ejercer de testigos en un proceso judicial – igual ocurría con cantoras y prostitutas -.

Dentro de la artesanía ocupó un lugar destacado en la que estaba relacionada con el ramo textil. La posibilidad de realizar un trabajo remunerado dentro de la propia casa favorecía la práctica de estas actividades. La comercialización de estos productos textiles elaborados en el hogar, la realizaba la propia mujer, si es un producto femenino ( vestidos, ajuares domésticos, etc.), por visitas domiciliarias entre mujeres. Si hubiera de venderse en el zoco público, la venta era encargada a los hombres y el transporte de la mercancía a niñas /os – un ejemplo significativo es Almanzor, que se encargaba de llevar los hilados elaborados por su madre, y que suponían el sustento familiar una vez que falleció su padre -. La muerte del marido hace que muchas mujeres emprendan trabajos remunerados, convirtiéndose en el sostén de la economía familiar. Además de los textiles, solían dedicarse a la manipulación de productos alimenticios, un ejemplo de esto último es la madre de Ibn al-Labbána (hijo de la lechera), que sacó a sus hijos adelante con la venta de productos lácteos.

Existe en la sociedad musulmana una profesión que no hemos visto en la cristiana, es la de katiba (secretaria), estas secretarias tenían una buena educación, conocimientos caligráficos y minuciosidad, así como conocimientos en la redacción de documentos oficiales, ya que no sólo se limitaban a copiar ejemplares del Corán, sino que también se encargaban de escribir misivas, tanto particulares como oficiales.

Una profesión de lujo era la de cantoras, también la de danzarina. Las mujeres dedicadas a estos menesteres estaban bien consideradas en el mundo musulmán – conocida es la importancia que le da la sociedad islámica a las artes relacionadas con la música -. Estas mujeres, amén del dominio de las técnicas necesarias para la ejecución de su trabajo, solían tener una esmerada educación.

Cantoras musulmanas

También se observa la presencia de la mujer en otras profesiones como la de médico; en al-Andalus sobresalieron algunas como Umm Amnr bint Marwan, Umm al-Hasan bint al-Tauyali, Aisa bint Abd al-Wahid, es preciso señalar que la gran mayoría de las mujeres que practicaban la ciencia médica eran hijas o parientes próximos de algún hombre que ejercía la medicina. Esta continuación del trabajo efectuado por los padres también lo observamos en las poetisas profesionales, que suelen tener en común la ausencia de hermanos varones y el pertenecer a una familia acomodada.

Un caso muy especial es la referencia que hay una mujer que actuó como alfaquí, me refiero a Umm al-Darda al-Suqra (mediados del siglo VI de la hégira)

LA PRÁCTICA RELIGIOSA

Ya he comentado la importancia de la religión en ambas sociedades, durante la Edad Media. En el ámbito de la práctica religiosa las coincidencias, no podía ser menos, entre las dos culturas, son múltiples. Hay un elemento claramente diferenciador, el Islam no contempla la vida monástica, es más, no ve bien, aunque no lo prohíba, que los musulmanes / as se retiren a llevar una vida apartada del resto de la sociedad – vuelve a incidir en este hecho la importancia que para el Islam tiene la umma (comunidad)-.

La iglesia católica no contempla la posibilidad de que la mujer acceda a la categoría clerical. Las razones que se aluden para esta separación las vemos muy bien reflejadas en las Siete Partidas de Alfonso X:“Mujer ninguna non puede recebir orden de clerecía, et si por ventura veniese a tomarla quando el obispo face las ordenes, débela desechar; et esto es porque la muger non puede predicar aunque fuese abadesa, nin debe bendecir, nin descomulgar, non absover, nin dar penitencia, nin judgar, nin debe usar de ninguna órden de clérigo, maque sea buena et santa. Ca como quies que Santa maría Madre de nuestro señor Jesu Cristo fue mejor et más lata que todos los apóstoles empero nol queiso dar el poder de ligar et absolver, más diolo a ellos porque eran varones”

Importante es la presencia de la mujer en el mundo conventual cristiano, en parte debido al discurso de la iglesia sobre la exaltación de la virginidad. Generalmente la decisión de entrar en un convento no era de la mujer, en muchas ocasiones los padres metían a sus hijas a la vida conventual a muy temprana edad, otras veces eran viudas que habían decidido una vida de retiro, y finalmente estaban aquellas que no pudiéndose casar no tenían otra opción más decorosa que la vida religiosa. Esta falta de vocación religiosa en algunas de las mujeres que entraban en la vida conventual propició cierto libertinaje en algunos conventos, a pesar de los esfuerzos de los eclesiásticos por evitarlo.

Suzanne Fonay Temple señala que “el criterio más importante para la admisión en un convento era la riqueza y no la santidad. La cualidad más destacable de las abadesas del siglo IX era la astucia y no la santidad”. El resultado de todo esto fue que, poco a poco, la actitud de muchas de las mujeres que estaban ingresadas en un convento llevaran una vida cada vez más secularizada.

Caso muy distinto es el de las místicas. Aquí la adopción de este modo de vida era totalmente voluntario y sí estaba inspirado en la devoción. La corriente mística tuvo un momento particularmente importante durante los siglos XII y XIII, especialmente en Alemania y los Países Bajos. Estas místicas podían pertenecer a toda la gama de la vida religiosa, podían encontrarse entre las monjas, las beguinas y las religiosas, pero ellas hacían hincapié en lo individual, puesto que sus visiones místicas eran el resultado de una relación personal con lo divino.

Un movimiento interesante fue el de las mujeres beguinas (maría de Pignies- siglos XII-XIII – fue la madre de este movimiento). Las beguinas eran una asociación de mujeres que de manera individual organizaban celdas, con frecuencia cerca de un hospital, abadía o una leprosería, donde podían rezar y prestar servicios manuales. Hacían voto de castidad durante su vida dentro de la asociación, pero conservaban sus derechos a la propiedad privada y trabajaban para mantenerse. Como los votos de castidad no los hacían de forma solemne eran libres de dejar la asociación en cualquier momento para casarse.

También existían movimientos místicos dentro de las mujeres musulmanas, casi siempre dentro del movimiento sufí. Estas mujeres solían agruparse en centros en torno a un lugar de devoción – residencia de un sayja (jefe espiritual sufí) o la tumba de un santo / a de prestigio. Su forma de organización tiene algunos rasgos similares a la de las beguinas; también estas místicas musulmanas mantenían sus bienes e igualmente podían abandonar la comunidad cuando lo desearan.

Como en el mundo cristiano, en el mundo musulmán la mujer quedaba excluida de todo poder decisorio dentro del ámbito religioso, así mismo no le estaba permitido ejercer de imán, ni de hatib predicador.

Es significativo, para entender la posición de la mujer respecto al mundo religioso, como estaba estipulada la forma en que las musulmanas debían acceder a las oraciones en la mezquita: las casadas se colocaban en las últimas filas, detrás de los muchachos, que estaban a su vez detrás de los hombres; las jóvenes vírgenes no tenían obligación de acudir a la mequita más que cuando en ella hubiera un lugar apartado reservado a ellas. Se eximía de acudir a la oración del viernes en la mezquita a dos tipos de mujeres: las que estaban afectadas por la impureza legal (menstruación) o del retiro legal (viudedad o divorcio). Esta separación de las mujeres con respecto a los hombres en los recintos sagrados no es exclusiva del Islam, también en las iglesias cristianas se producía esta separación física, aduciendo que aún en las iglesias hay ocasión para el pecado.

LA MUJER Y LA CULTURA

Posiblemente en uno de los campos de la vida en donde se ven mejor las posiciones misóginas sea en el terreno de la cultura, tanto en el acceso a la misma como en la participación en la vida intelectual. No obstante en este terreno si hay diferencias entre el mundo islámico y el cristiano, siendo el primero más receptivo a que la mujer accediera a la cultura, en parte por indicación del propio Corán que incide en la bondad de la cultura, tanto en el hombre como en la mujer, para una mejor comprensión del mensaje divino, el Islam considera la devoción al saber como devoción a Dios; pero también porque el varón musulmán se siente atraído por el ingenio y el saber de la mujer, y quizás por ello le proporcione mayor libertad para que ésta se culturice y eduque.

Lo anterior no es óbice para que en ambas sociedades destacaran mujeres por su saber, baste mencionar a Hildegarda de Bingen, Rosvita de Gandersteim, Cristina de Pisam, la poetisa Wallada – que escribió algunos poemas de corte netamente feminista -, Aisa bint Ahmad, o Umm Hana.

En el mundo cristiano el acceso de la mujer a la educación no era aprobado por eminentes padres de la Iglesia, un ejemplo es san Pablo que, en la Epístola a los Corintios, dice que si la mujer quiere aprender algo que le pregunte al marido, o ciertos teólogos (citado por Margaret Wade) como Felipe de Novara (siglo XIII) que estimaba que la lectura era innecesaria para la mujer, excepto para las monjas y consideraba que escribir era claramente nocivo, ya que podía llevar al peligroso intercambio de cartas de amor.

La educación de la niña consistía fundamentalmente en inculcarle el ideal femenino de pasividad y sumisión a sus padres y a su marido. Que las niñas tenían pocas posibilidades de acceder a la cultura lo demuestra el hecho de que, en la segunda mitad del siglo XIII, y en una importante ciudad como París, sólo hubiera una escuela para niñas- Distinta era la posibilidad de acceso a la cultura por parte de las religiosas, bajo estos parámetros se podría decir que el entrar en la vida religiosa era un buen vehículo para poder adquirir conocimientos.

No es que las niñas musulmanas tuvieran excesivas facilidades para acceder al conocimiento, sobre todo en las clases más humildes; pero si es cierto que muchos alfaquíes creían indispensable educar a la mujer y enseñarle a leer porque ella debía saber su religión. El hecho cierto es la existencia de científicas, literatas y poetisas, esto presupone el que hubiera un primer nivel de enseñanza para mujeres. En un primer nivel niñas y niños aprendían en el seno de su propia familia los rudimentos del lenguaje, la lectura y la escritura. Posteriormente los padres que lo podían pagar enviaban a sus hijos con un maestro que los iniciaba en el estudio de la poesía, el cálculo y la gramática.

Algunas mujeres musulmanas llegaron a la enseñanza “media” y “superior”, incluso recibieron el iyaza (certificado firmado por el maestro que facultaba para enseñar), como, por ejemplo, las andalusíes Maryam Abi Yacub al-Faysuli o Fátima bint Muhammad ben Ali be Saria.

DISCRIMINACIÓN DE LA MUJER EN LA LEGISLACIÓN

Ya he mencionado en anteriores capítulos algunas de las limitaciones que las leyes musulmanas y cristianas imponían a las mujeres. En ambas sociedades el trato legal dispensado a la mujer está en franca desigualdad con el recibido por el hombre.

Aún cuando, en el ámbito religioso, tanto el Islam como el Cristianismo propugnan la igualdad, esto no se ve reflejado en la práctica jurídica. Las leyes de la sociedad medieval eran hechas y aplicadas por hombres que por lo general consideraban a la mujer como seres subordinados e inferiores.

Dentro de esta discriminación se observa como no es igual de válido el testimonio de una mujer que el de un hombre – claramente especificado en el derecho islámico – o como, en algunos casos, las penas son más gravosas para las mujeres que para los hombres – véase el adulterio -; tampoco puede una mujer actuar como juez.

En definitiva la legislación medieval es un claro referente de la discriminación que sufre la mujer.

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